Qué es un agente

Procedimiento para el Examen

1-. La prueba escrita será de tipo test o múltiple elección. 

2-. Las pruebas constarán de 20 preguntas, de las que 15 versarán sobre la reglamentación internacional y 5 sobre la nacional.

3-. A cada pregunta del test contestada correctamente se le concederá un punto.

4-. FIFA establecerá la puntuación mínima para superar la prueba.

5-. La prueba se considerará superada cuando quien la realice alcance la puntuación mínima previamente establecida.

6-. El contenido de las pruebas se preparará sobre las disposiciones correspondientes a la modalidad deportiva de fútbol, especialmente en el ámbito de las transferencias de futbolistas (Estatutos y Reglamentos de FIFA, UEFA, RFEF y LNFP) y sobre Derecho español y europeo (principios de derecho civil de la personalidad y de obligaciones y contratos, así como de derecho administrativo y deportivo).

7-. La RFEF elaborará las preguntas del test relativas a la reglamentación y al Derecho español y europeo. FIFA elaborará el cuestionario relativo a sus Estatutos y Reglamentos de aplicación.

8-. La RFEF hará público en el momento de la convocatoria de las pruebas la puntuación mínima para superarlas.

9-. Las pruebas serán corregidas a su debido tiempo y sin demora después del examen y se deberá informar al solicitante de su resultado.

10-. Los que no hayan superado la prueba por no alcanzar la puntuación mínima exigida, pueden presentarse a la convocatoria siguiente. Si el interesado no supera en segunda convocatoria la puntuación mínima exigida, no podrá presentarse a la realización de las pruebas hasta que no haya transcurrido el siguiente año natural.

11-. Una vez transcurrido el plazo a que se refiere la disposición anterior, el interesado podrá presentarse a una nueva prueba, pudiendo realizarla, a su voluntad, bien en la RFEF, bien directamente en FIFA.

12-. Si los interesados no superan por tercera vez la prueba, por no alcanzar la puntuación mínima exigida, no podrán presentarse a nuevas pruebas en el plazo de los dos años siguientes.

13-. Las dudas relativas a los resultados de los exámenes deberían dirigirse a la asociación o a la FIFA a través de la asociación dentro de los seis meses siguientes a la fecha de realización del examen en cuestión.